|
Decreto sobre patrocinio deportivo
El pasado 21 de abril de 2010 el Gobierno Nacional emitió un decreto publicado en Gaceta Oficial 39.407 (haz click aquí para ver el texto original del decreto. Doc. PDF Página 33 en adelante), que regula el patrocinio a deportistas y entidades deportivas, una regulación que tomo a muchos por sorpresa y en su motivación tiene la potestad del Estado de salvaguardar al atleta, tal y como lo expresa la primera consideración “Que es deber indeclinable del Estado, la protección del atleta… sean deportes individuales o por equipos”
Al enterarme de la noticia debo confesar que, a priori, no me pareció una mala idea, pues si de algo carece nuestro país es de reglas claras en lo que patrocinio se refiere, no hay un patrón, ni coordenadas a seguir, todo está por hacer y en cualquier negociación o acuerdo siempre está latente la frase “¿se puede hacer eso?”.
El decreto es muy vago y tiene aspectos que solventar, entre otras cosas no delimita su rango de acción y queda a discreción del funcionario público la aprobación o no de un patrocinio que por gestión propia obtuvo el atleta, dicho de otra manera, si David Gil ciclista de alta competencia, pasó a ser imagen de Ciclismototal y recibe un apoyo económico y logístico, deberá esperar por el visto bueno del Ministerio Popular para el Deporte para poder materializar el acuerdo, de lo contrario ese patrocinio no se podrá hacer efectivo.
Formulo la siguiente pregunta ¿Cuantos ciclistas conocen que reciban apoyo de la empresa privada?, si ya es difícil conseguir patrocinio para los corredores, algo que conozco de primera mano, con esta regulación la tarea se puede tornar titánica, pues no se establecen lapsos para la aprobación, o los criterios necesarios para que un contrato cumpla con la “estrategia global” planteada en el Decreto.
Ahora si hasta aquí la situación es difícil, me parece una verdadera locura obligar a los organizadores de eventos a trabajar con los recursos del Estado en cualquiera de formas político territoriales, léase estados y municipios, además dice que la entidad organizadora deberá presentar toda la colaboración posible al Ministerio Popular para el Deporte, para el cumplimiento de la resolución y llevar a feliz término el evento ¿no debería ser al contrario?
Y si una empresa o varias empresas del sector privado, asumen la totalidad del costo del evento ¿no ahorraría esto recursos al Estado? Por qué coartar ésta posibilidad, hay ejemplos en otros deportes donde ha funcionado, incluso hay carreras en Venezuela de carácter nacional que se ha llevado a cabo sin recursos del ejecutivo nacional, regional o municipal, y que en un futuro podrían tener rango internacional.
¿Tocará este Decreto al equipo de la Lotería del Táchira por ejemplo? El equipo de ciclismo más antiguo del mundo, deberá estar atento, en principio lo expresado en la normativa toca los atletas que representan a un estado y en este caso los ciclistas visten los colores de un equipo, pero se prohíbe publicidad a los Juegos de Azar, así que cuidado, una institución de tanto prestigio dentro del ciclismo venezolano pudiera estar en peligro.
"Las leyes demasiado benignas rara vez son obedecidas, las demasiado severas rara vez ejecutadas" Benjamin Franklin (1706 - 1790)
bidagil@ciclismototal.net
|